¿Al
intentar facturar unos albaranes aparece
un aviso que indica que la fecha del
asiento no es válida, que debe
estar comprendida entre 01/01/2008 y
30/04/2009?
Al iniciar
el año contable, el programa
establece un intervalo por defecto
comprendido entre el 01 de enero del
año que se abre y el 30 de abril del
año siguiente, durante el que se
podrá trabajar con el programa de
forma normal, pasada la fecha límite,
el programa no permitirá seguir
haciendo apuntes en la contabilidad, para
poder seguir trabajando habrá que
hacer el cierre del ejercicio del año
en curso, proceso que abrirá el nuevo
año contable, en el que sí que
se permitirá seguir trabajando, si
por cualquier motivo no se estuviese en
disposición de hacer el cierre del
año, se podrá ampliar la fecha
límite hasta como máximo el 31
de diciembre del año siguiente al
año en curso.
Aumentar la fecha límite se
hará desde el menú Principal > Otros > C.
Fecha Máxima.
|